RETEGAL tiene la necesidad de dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales, Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (LPRL), y de la normativa que la desarrolla, obligando a RETEGAL a disponer de un Servicio de Prevención Ajeno, al no disponer de un servicio de prevención propio.
Por otro lado, el artículo 24 de la LPRL regula la coordinación de actividades empresariales, estableciendo entre otros, que corresponde a las empresas que contraten o subcontraten a otras la realización de obras o servicios en sus propios centros de trabajo la vigilancia del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos.
De este modo, le corresponde a RETEGAL el seguimiento de las actividades preventivas concertadas, la solicitud, verificación, autorización, recepción, comprobación y gestión de la documentación de las Inspecciones a contratas, subcontratas, clientes o colaboradores referente a la Coordinación de Actividades Empresariales (en adelante CAE).
Pinchando en el siguiente enlace, podrá acceder a la página de CAE de RETEGAL.